Normativa

Estas normas regulan el funcionamiento interno de esta aerolínea virtual, cuyo objetivo es simular las operaciones de una aerolínea; estas normas son de obligado cumplimiento por parte de todos los miembros que libremente la componen, y dentro de los límites que confieren los sistemas y redes actuales.

  1. Índice:

    1. Índice
    2. Artículo I: Clickair VA
    3. Artículo II: General
    4. Artículo III: Alta de Pilotos
    5. Artículo IV: Miembros
    6. Artículo V: Operaciones
    7. Artículo VI: Indicativos
    8. Artículo VII: Información
    9. Artículo VIII: Faltas y Sanciones
    10. Artículo IX: Validación de vuelos
    11. Artículo X: Sistema de Reputación

  • Artículo I: Clickair VA

    1. I.a- Clickair Virtual Airlines se constituye como una entidad virtual, sin animo de lucro, cuya dedicación exclusiva es el transporte de pasajeros, mercancías e instrucción de una forma virtual.
    2. I.b- Clickair Virtual Airlines cuenta con las pertinentes autorizaciones de Vueling Airlines S.A. (dueña de la marca) para la realización de las diversas actividades, además cuenta con su colaboración en la realización de determinadas actividades. De esta forma, Clickair Virtual Airlines es la única aerolínea virtual capacitada para operar de manera oficial.
    3. I.c- Clickair Virtual Airlines está avalada por la Asociación Cultural Aeronáutica Española, ACAE, por la difusión aeronáutica que realiza.
    4. I.d- Los datos personales de los usuarios registrados en la página web/foro serán de uso interno con fines no lucrativos pudiendo ser cedidos a la Asociación Cultural Aeronáutica Española (o entidades afines) para actividades realizadas conjuntamente, conforme lo establecido en las leyes aplicables. Así mismo se podrán usar imágenes, videos o textos que los pilotos hagan llegar al departamento de Community Manager de la compañía para su difusión en las redes sociales.
    5. I.e- La presente normativa es de aplicación a todos los usuarios registrados en Clickair Virtual Airlines y a todos sus lugares de actuación (web, foro, Discord, etc). Pudiendo ser aplicables en otros medios distintas normas, pero siempre prevalenciendo las aquí establecidas.
    6. I.f- La presente normativa podrá ser modificada por parte del Staff de la compañía si así se estimara oportuno para cubrir todas las necesidades de la misma. Ante esto, se informará a los miembros acorde al artículo VIII: Información.
    7. I.g- Acorde a la nueva normativa de la Unión Europea sobre la protección de datos, se establecen una serie de medidas en lo que refiere a dichos datos, su uso, almacenamiento y gestión tanto por el usuario como por la compañía recogidos en las Políticas de Protección de Datos.

  • Artículo II: General

    1. II.a- Se pide un respeto máximo entre todos los miembros de la compañía, no se permiten faltas de respeto entre compañeros, entre staffs y pilotos ni entre staffs.
    2. II.b- No está permitido publicar contenidos de carácter pólitico o religioso salvo en los lugares habilitado para ello que serán el foro en su lugar habilitado y en el canal general de Discord.
    3. II.c- Queda terminantemente prohibido publicar contenido de carácter sexual (incluido el lenguaje) en cualquiera de los medios.
    4. II.d- No se permite suplantar la identidad de otra persona en cualquiera de los medios.
    5. II.e- Se pide comprensión, tanto por los pilotos como por el staff. Ésto es para todos un hobbie, no nos dedicamos a esto exclusivamente. Esto no quiere decir que se puedan incumplir las normas, pero se pueden tomar con mayor o menor severidad por cada una de las partes.
    6. II.f- En los casos en los que se deba actuar y no estén contemplados en la presente Normativa, será el Staff quien decida lo que proceda.
    7. II.g- Éstas normas están sujetas a cambios por parte de la dirección, en tal caso se notificará por alguno de los medios disponibles.
    8. II.h- No se permite publicar contraseñas o modos de acceso a páginas a usuarios ajenos a la compañía. Es decir, usuarios que no son miembros no deben acceder a contenidos exclusivos.
    9. II.i- Se establecen como medios de comunicación oficialeslos siguientes: Web, Foro, Email y Discord. Dichos medios serán utilizados por el staff para notificar a los pilotos de noticias e información relevante de la compañía. Asi mismo, los propios pilotos podrán usar estos medios para ponerse en contacto con el staff.
    10. II.j- Además, se establecen otros medios de comunicación no oficiales como Facebook, Twitter, Instagram o Whatsapp. Estos otros medios se usarán sólo en casos excepcionales para transmitir la información al piloto. Están dispuestos para amenizar la convivencia entre los que componen la compañía y no se usarán para notificar noticias de manera oficial.

  • Artículo III: Alta de Pilotos

    1. III.a- Antes de solicitar el registro en Clickair-VA, es necesario cumplir los requisitos mínimos:
      • III.a.1- Tener la habilidad de manejar un avión ligero de forma aceptable (un poco de práctica en el simulador).
      • III.a.2- Estar registrado en IVAO ó VATSIM. No es obligatorio, se utiliza para conocer la experiencia y actitud del usuario.
      • III.a.3- Comprometerse a participar activamente en las actividades de la compañía. Es decir, cumplir los mínimos de actividad requeridos.
      • III.a.4- Comprometerse a cumplir las normas de la compañía.
      • III.a.5- Comprometerse a acceder a la web y al foro a fín de mantenerse informado de las novedades.
    2. III.b- El registro en el foro no es obligatorio. De aceptarse la solicitud, se le creará una cuenta en el foro y se enviará la información de acceso en el correo de bienvenida. Si el usuario no recibiera dicha información, deberá ponerse en contacto con administración para que se resuelva su situación.
    3. III.c- Como apoyo a las operaciones de Clickair VA, contamos con un servidor de Discord, por tanto es recomendable su uso para mantenerse informado o para un contacto más directo con los miembros. En ningún caso se usará este medio como medio de notificación oficial de la compañía.
    4. III.d- Cumpliendo los requisitos, se puede solicitar la admisión en la compañía registrandose en ésta página web. Es obligatorio rellenar los formularios de registro con datos reales y válidos, de lo contrario se denegará la solicitud.
    5. III.e- Una vez enviada su solicitud, ésta se envia al proceso de revisión por parte del Staff. Dicho proceso tiene una duración estimada de entre 1 a 7 días.
    6. III.f- En caso de que su solicitud sea aceptada, Dirección o el Dpto. de RR.HH. le remitirá un correo de bienvenida, donde se le notificará su alta, su callsign, así como información sobre la compañía e instrucciones para terminar de formalizar el alta. En caso de ser denegada, se le notificará por correo y se le explicará brevemente el motivo.
    7. III.g- Si el piloto ha causado baja anteriormente en la compañía podrá ser readmitido, siempre y cuando no se le hubiera expulsado indefinidamente por sanción ó se considere, por parte del staff, que no puede volver a formar parte de la compañía.
    8. III.h- En caso de haber causado baja más de una vez, quedará a discreción del Staff la decisión de aceptar o denegar la solicitud, en función de su historial anterior en la compañía.
    9. III.i- Recibido el correo de bienvenida el nuevo miembro dispondrá de quince días para formalizar su activación y realizar su primer vuelo. De no cumplir este punto sin tener una justificación podrá ser dado de baja. Cumplido este primer vuelo pasará a aplicarse la norma general sobre actividad mínima (artículo V.c).

  • Artículo IV: Miembros

    1. IV.a- Se consideran miembros de la compañía todas aquellas personas que, cumpliendo los requisitos estipulados y aceptando la presente normativa, se muestren interesados en pertenecer a ella, mantengan una actividad y sean admitidos.
    2. IV.b- Todos los miembros estarán obligados a colaborar con el objetivo principal de la compañía. Se entiende como colaboración la realización de vuelos bajo callsing CLI que sean debidamente reportados, la participación en eventos (presenciales y virtuales si los hubiera) realizados por la compañía o cualquier otra forma que ayude en el propósito general de esta compañía.
    3. IV.c- Se entiende que un piloto está en situación de inactividad cuando su reputación está por debajo de los 5 puntos durante más de 7 días. Téngase en cuenta que la reputación del piloto alcanzará ese valor en un periodo definido según los valores de la compañía (consultar en Acciones Piloto->Parámetros de la VA). Para más detalle, dirígase al artículo X: Sistema de Reputación.
    4. IV.d- Cuando el piloto está cerca de pasar a inactividad, le será notificado por email dicha situación. Si no se retoma la actividad pasados 3 días, se procederá a tramitar su baja.
    5. IV.e- En caso de no poder cumplir con la actividad mínima por un motivo justificado, el usuario lo pondrá en conocimiento de Dirección y/o el Dpto. de RR.HH. haciendo uso de "Vacaciones". Para ello, dirígase a "Acciones Piloto->Vacaciones" e indica el periodo de inactividad y la razón de dicha inactividad. El staff de la compañía comprobará la solicitud y será aprobada o denegada, pudiendo prorrogar su permanencia en la compañía en caso de ser aprobada. En caso de detectarse actividad ajena a Clickair durante ese tiempo, podría ser dado de baja de forma inmediata.
    6. IV.f- Si un miembro desea ser dado de baja de la compañía deberá comunicarlo vía email a Dirección o al Dpto. de RR.HH., quien tramitará dicha baja. Desde ese momento el antiguo miembro perderá todos los privilegios de que disponía. Entiendase por privilegios el acceso al sistema CLI, a la web, al foro y a Discord.
    7. IV.g- Así mismo, un piloto podrá ser dado de baja de la compañía en los siguientes casos:
      • - Voluntad propia, remitiendo un email a Dirección o al Dpto. de Recursos Humanos.
      • - Cuando sea sancionado por cualquier red de vuelo.
      • - Cuando cometa un falta muy grave.
      • - Cuando la dirección de la compañía lo estime conveniente para el buen funcionamiento de la misma (según las faltas o sanciones cometidas).

  • Artículo V: Operaciones

    1. V.a- Se podrán realizar vuelos bajo las reglas de vuelo VFR e IFR tanto en condiciones VMC como IMC siempre que las condiciones lo permitan según la legislación vigente.
    2. V.b- Es recomendable volar "en línea" en IVAO o VATSIM.
    3. V.c- En caso de contar con controlador, es obligatorio cumplir las indicaciones del mismo aun cuando estas impliquen un cambio en nuestro plan de vuelo (cambio de destino, de ruta, de SID o STAR, etc) o no nos permitan volar. Si esto ocurriese, el vuelo ha de ser enviado al sistema con las indicaciones pertinentes.
    4. V.d- En caso de estar volando en línea en cualquiera de las redes disponibles, no se permite desconectarse para evitar algún control ATC. Esto implica una falta grave. Así mismo se entiende como falta grave el hecho de no realizar un vuelo "online" si se comprueba que en nuestro trayecto existen controladores en alguna de las redes de vuelo antes mencionadas.
    5. V.e- La base principal de Clickair VA se establece en el aeropuerto de Barcelona (LEBL), pudiendo existir otras bases periféricas de acuerdo a las operaciones de la compañía .
    6. V.f- Se establece el tracker SIM ACARS como principal sistema de reportes. Se ofrece la posibilidad de utilizar también otros, como FSKeeper o FSACARS, pero los posibles errores en dichos sistemas no serán solucionados con prioridad.
    7. V.g- El reporte manual sólo se permite bajo previa solicitud con Dirección o el Dpto. de Operaciones. Si se diera el caso de que un piloto consigue acceder al reporte manual, deberá notificarlo a administración lo antes posible.
    8. V.h- El Dpto. de Operaciones proporcionará, a través del sistema CLI, el listado completo de rutas que opere la compañía. Su función será mantenerlo actualizado y resolver los errores que se puedan encontrar.
    9. V.i- En caso de querer realizar alguna ruta que no esté incluída en la compañía, se podrá volar en modo Charter teniendo en cuenta la penalización que el sistema aplica a dichos vuelos. También se ofrece la posibilidad de solicitar rutas regulares para incluirlas en el listado de rutas de la compañía.
    10. V.j- En caso de vuelos en modo Charter el aeronave ha utilizar ha de ser, preferiblemente, alguna del listado de flotas disponibles.
    11. V.k- En caso de realizar los vuelos en red u "on line" y ser de tipo regular, el callsign a usar será siempre el código ICAO de la compañía (CLI), seguido del número de la ruta elegida al reservar el vuelo.
    12. V.l- Si es un vuelo de tipo charter, se usará el callsign propio del piloto seguido de una letra que indicará el número de vuelo realizado por dicho piloto ese día.
      Ejemplo:
      • - Primer vuelo del día, charter: CLI903A.
      • - Segundo vuelo del día, charter: CLI903B.
      • - Tercer vuelo del día, regular: CLI1025.
      • - Cuarto vuelo del día, charter: CLI903D.
    13. V.m- En caso de eventos o cuando el callsing que se ha de usar está ocupado por otro piloto, se deberá seguir el artículo V.l.

  • Artículo VI: Indicativos

    1. VI.a- Cuando un usuario es aceptado en la compañía recibirá un indicativo o callsign, el cual le servirá como usuario de acceso para la web y el foro. Éste indicativo será elegido por el Staff de la compañía, pero si dicho usuario desea algún indicativo podrá solicitarlo en el formulario de registro, y será aplicado en caso de estar disponible.
    2. VI.b- Puesto que Clickair VA. y Vueling VA. tienen operaciones conjuntas, si un miembro forma parte de ambas compañías tendrá el mismo número en su indicativo para facilitar la asociación de perfiles, siempre que dicho callsign esté disponible.
    3. VI.c- El indicativo no puede ser cambiado en ningún momento salvo casos muy concretos.
    4. VI.d- Existen varios tipos de indicativos especiales, los cuales sólo son asignados bajo determinadas cirscunstancias:
      1. VI.d.1- Serie "CLI8xx": se le asignará a aquellos miembros que posean una licencia de vuelo o estén cursando sus estudios de piloto, a los miembros que trabajen en la compañía real (en caso de ser parte de Vueling VA.) y a aquellos miembros que cesen de su cargo como Staff de la compañía.
      2. VI.d.2- Serie "CLI9xx": se les asignará a aquellos miembros que formen parte del Staff de la compañía (web y/o foro), y a los Staff de Vueling VA que tengan asignados este indiativo (para cumplir el artículo VI.b).
      Para solicitar alguno de estos indicativos habrá que ponerse en contacto con Dirección o el Dpto. de RR.HH. adjuntando la documentación pertinente.

  • Artículo VII: Información

    1. VII.a- Es responsabilidad del piloto mantenerse informado de todas las novedades que surgan, para lo cual es necesario visitar la web y/o el foro al menos cada 15 días. Por tanto, el no conocer las normas no exime de su cumplimiento.
    2. VII.b- El Staff de la compañía se compromete a publicar toda la información relevante por cualquiera de los medios de que dispone (e-mail, web, foro, Discord, página de Facebook, Twitter e Instagram), pudiendo usar uno u otro o varios a la vez.
    3. VII.c- Como miembro de la compañía, es recomendable mantener informados a los componentes de la misma sobre posibles errores o problemas que conlleven los sistemas usados (tracker, web, foro o Discord) o de la propia información de la que se provee en ellos para evitar posibles usos indebidos o problemas informáticos.
    4. VII.d- En caso de que un miembro desee utilizar alguna información de la compañía en algún lugar publico no perteneciente a la misma (Facebook, Twitter, Instagram, foros ajenos, otras webs, etc), se deberá solicitar permiso a Dirección. Queda exento el artículo I.d.

  • Artículo VIII: Faltas y Sanciones

    1. VIII.a- Si un miembro de la compañía incumple alguna de las normas aquí establecidas o alguna de las propias de cada medio (foro, Discord, etc), el equipo de dirección evaluará la infracción y determinará su gravedad dependiendo del grado en el que se pueda ver afectada la imagen de la compañía o los miembros que la componen.
    2. VIII.b- Se consideran tres tipos de infracciones: muy graves, graves y leves. Las cuales serán sancionadas de tal forma:
      1. Muy graves:
        • Expulsión permanente de la compañía sin posibilidad de reingreso.
        • Suspensión por un periodo de 6 meses a 2 años.
      2. Graves:
        • Suspensión por un periodo de 3 a 15 días.
        • Imposibilidad de obtener condecoraciones por un periodo de 3 a 12 meses.
        • Amonestación.
      3. Leves:
        • Amonestación.
    3. VIII.c- La acumulación de una o más infracciones conllevará a considerar dichas infracciones como una infracción mas grave (si cometemos dos infracciones graves, se considerarán una infracción muy grave).

  • Artículo IX: Validación de vuelos

  • IX.a- Para que un pirep sea aceptado ha de cumplir los siguientes requisitos:
    1. IX.a.1- Estar debidamente enviado. Es decir, sin errores.
    2. IX.a.2- Que en él se represente correctamente que se han seguido los procedimientos estipulados para el tipo de vuelo que se ha realizado (VFR o IFR).
    3. IX.a.3- De enviarse algún reporte con fallos (luces, velocidad de taxi, etc) y ser el fallo por motivos del aeronave utilizada o cualquier otro factor ajeno al piloto, se deberá indicar en los comentarios del vuelo.
    4. IX.a.4- Deben haberse transportado la cantidad de pasajeros y/o cargo que se han reservado. De no cumplir con este punto, el vuelo sera invalidado.
  • IX.b- Dependiendo de la experiencia del piloto, su reputación y diversos factores, el validador estimará un valor mínimo de puntuación para que sus vuelos sean validados.
  • IX.c- En el caso de que se recibe un reporte de vuelo (pirep) con datos que puedan llevar a confusión, será el validador (entiendase como validador el staff encargado de validar los vuelos) quien decida si el vuelo es validado o no. En tal caso, el validador deberá indicar al piloto, mediante el cuadro de notas correspondiente, el motivo de su decisión.
  • Artículo X: Sistema de Reputación:

  • X.a- Se establece un sistema de reputación para los pilotos (excluyendo al staff) que determinará la actividad del piloto y la calida de dicha actividad.
  • IX.b- La reputación del piloto se gestiona, casi en su totalidad, por el sistema VAM. Por tanto, se pueden dar ocasiones en las que la reputación sufra cambios inesperados. Para consultar los parámetros que determinan la variación de la reputación dirígase a "Acciones Piloto->Parámetros de la VA".
  • IX.c- La reputación del piloto disminuye acorde a la falta de vuelos realizados y visitas a la web. Por tanto, si no se realizan vuelos o se visita la web (actividad del piloto), la reputación disminuye.
  • IX.d- Si, por el contrario, el piloto vuela asiduamente y visita la web, su reputacion no disminuirá.
  • IX.e- Los vuelos realizados son evaluados por el sistema acorde a los parámetros del sistema de reputación, pudiendo dicho vuelos aumentar o disminuir la reputación dependiendo de cada vuelo.
  • IX.f- Si el piloto desea aumentar su reputación, deberá realizar vuelos con una buena valoración, terminar alguno de los tours activos o realizar tareas que aporten un valor añadido a la compañía (como aportar texturas, capturas de vuelos, etc). Dichas actuaciones se tomarán en consideración por parte del staff y será el propio staff quien altere la reputación del piloto si se estima oportuno.
  • IX.g- Los puntos de reputación del piloto determinan la capacidad del mismo de realizar ciertas acciones en la compañía, como pueden ser: solicitar rutas regulares, transladar aeronaves, obtener ciertas habilitaciones, etc.
  • IX.h- En caso de detectarse un error del sistema, se deberá notificar a administración a la mayor brevedad posible.

  • Actualizada a día 9 de Abril del 2016 por José Rodríguez, Director General Clickair.

    Actualizada a día 15 de Noviembre del 2016 por José Rodríguez, Director General Clickair.

    Actualizada a día 3 de Junio del 2018 por José Rodríguez, Director General Clickair.

    Actualizada a día 15 de Octubre del 2018 por José Rodríguez, Director General Clickair.

    Actualizada a día 15 de Marzo del 2020 por José Rodríguez, Director General Clickair.